Este artículo es un complemento de la publicación anterior: “Víctimas de accidentes en Francia: ¿Cómo obtener una justa indemnización?”.
No vamos a exponer nuevamente las informaciones contenidas en dicho artículo, aunque algunas puedan aplicarse al caso, vamos a interesarnos en las particularidades de los eventos colectivos, es decir de las personas que han sufrido un evento traumático colectivo.
Una definición de tal evento puede ser: un evento puntual, susceptible de ser objeto de actuaciones penales, dando lugar a varias víctimas.
Puede ser por ejemplo:
- Un accidente colectivo (tren, avión, crucero…)
- Un desastre, una catástrofe natural
- Un acto voluntario (acto de terrorismo)
La dificultad de los regímenes de indemnización de estos eventos consiste en encontrar el equilibrio entre el enfoque individual de la reparación y la dimensión colectiva del acontecimiento.
Podemos distinguir los principales tipos de eventos colectivos entre: los actos de terrorismo, los accidentes terrestres colectivos, los accidentes aéreos, los accidentes marítimos (que no detallaremos porque son muy raros), los accidentes médicos y los contenciosos emergentes.
I Los actos de terrorismo
Este tipo de evento es, por desgracia, de actualidad, ya que Francia ha sido escenario de varios atentados estos últimos años.
Desde los años 70, varias leyes han permitido que, en estas circunstancias, tantos los daños materiales como corporales sean sufragados por el Estado.
Existe hoy un derecho a la reparación integral de todos los perjuicios sufridos por las víctimas de terrorismo, que sean de nacionalidad francesa o extranjera.
Es el papel del abogado acompañar a la víctima en todos los tramites, tanto judiciales, en el caso de actuaciones penales, como la negociación con el Consorcio de garantía para obtener la indemnización que le corresponde.
La jurisprudencia, gracias a la intervención de los abogados defensores de víctima, acepta ahora indemnizar nuevas reclamaciones como el perjuicio excepcional especifico de las víctimas de acta de terrorismo.
II Los accidentes terrestres colectivos
En dicho accidente, la victima va repentinamente dejar su mundo banal para caer en un mundo apocalíptico, con escenas que parecen de guerra, sin haber imaginado a ningún momento la realización de tal riesgo.
Entran en esta categoría:
- Los accidentes de transportes colectivos terrestres (tren, metro, tranvía, bus)
- Los accidentes de estructura (derrumbe de la tribuna de un estadio, de un árbol en un parque…)
- Los accidentes en lugares públicos (incendio de un bar, de un hotel, aglomeración de multitudes…)
No existe un sistema de reparación específico para las víctimas de estos eventos, dependerá de la calificación del accidente.
Al igual que los actos de terrorismo, existe en estos casos un impacto más profundo, generalmente nacional, por la dimensión colectiva, que permite solicitar una indemnización suplementaria.
III Los accidentes aéreos
Es el accidente vinculado con la utilización de una aeronave, que tiene como consecuencias el fallecimiento o las lesiones graves de varias personas. Es aplicable únicamente a los pasajeros, no a la tripulación ni a las eventuales víctimas de tierra.
El accidente de aviación es generalmente el producto de múltiples causalidades y por ello es necesario determinar las diferentes responsabilidades (compañía aérea, fabricante, actos voluntarios…).
Hay también elementos supranacionales y hay que pensar, antes de actuar, en la estrategia y en las vías de derecho disponibles.
El derecho de la responsabilidad civil de los transportes aéreos es particular, ya que hay una presunción de responsabilidad, pero hasta un cierto límite.
Generalmente el seguro de la compañía aérea intenta negociar con los abogados de las víctimas, pero esto supone una acción concertada de todos.
IV Los accidentes médicos
Sobre este tipo de accidente, pueden leer el artículo anterior: “Víctimas de negligencias médicas en Francia: ¿Cómo obtener una justa indemnización?”
V Los contenciosos emergentes
Algunos riesgos emergentes, como los vinculados con las plagas, la polución o la alimentación, son objetos de un contencioso en desarrollo.
La dificultad de este contencioso es que es relativamente nuevo y que la demostración del nexo de causalidad entre la falta (responsabilidad del Estado por no haber tomado las medidas suficientes, por ejemplo) y el daño es compleja.
Para todos estos casos, es muy útil pedir asesoramiento a un profesional para tramitar de la mejor manera la búsqueda de una justa compensación por el daño sufrido, tanto para la victima como, en algunos casos, para los familiares de ella.
Por ello, en el supuesto de que necesiten un abogado que hable español, especialista en el derecho de las víctimas y del daño corporal, en cualquier región de Francia (tenemos una red de abogados en todas las zonas de Francia, particularmente en Bordeaux – Burdeos, Bayonne – Bayona, Pau, Perpignan – Perpiñán, Lyon, Marseille – Marsella, Nice – Niza, Nantes, Toulouse – Tolosa), no duden en contactarnos, sin ningún compromiso.
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Este artículo ha sido preparado sólo con fines informativos. No es un sustituto de asesoramiento legal dirigido a circunstancias particulares. No debe tomar o abstenerse de tomar cualquier acción legal basada en la información contenida sin primero buscar asesoramiento profesional, individualizado basado en sus propias circunstancias. La contratación de un abogado es una decisión importante que no debe basarse solamente en anuncios.